CON CUOTAS DESDE 210 MIL PESOS MENSUALES, PODRAS ADQUIRIR CASA NUEVA

Ahora gracias al gobierno nacional ya es fácil adquirir casa propia con cómodas cuotas que van desde los 210.000 pesos mensuales. 

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El programa de arriendo social es un producto o servicio exclusivo del Fondo Nacional del Ahorro que va a estar disponible para las personas o afiliados por Cesantías y por ahorro voluntario que iría con una renta mensual mínima de 210 mil pesos y esta conducido a personas o afiliados que ganan entre uno y cuatro salarios mínimos legales vigente, según año 2018 (781.242 y 3.124.968)

Si tú eres una de las personas que está interesada en adquirir este beneficio, debes saber que tienes que estar afiliado por ahorro voluntario o cesantías al F.N.A.

Según el presidente del FNA, explica que el beneficio de este producto es que la persona que va a ser beneficiada por el programa deberá pagar el 10 % del valor de la vivienda al principio y, luego, por medio del pago mensual, terminarán pagando el valor total de la vivienda en un plazo establecido, que oscila desde los 5 hasta los 30 años.

Para entender un poco más este programa del FNA que va acompañado por el ministerio de vivienda, el gobierno elabora una seria de preguntas con sus respectivas repuestas, aquí les dejo las más importantes:

¿Quiénes pueden aplicar al programa Arriendo Social?

Arriendo Social es un producto exclusivo del Fondo Nacional del Ahorro disponible para los afiliados por Cesantías y Ahorro Voluntario Contractual, que contempla cánones mensuales desde 210 mil pesos y esta conducido a personas o afiliados que ganan entre uno y cuatro salarios mínimos legales vigente, según año 2018 (781.242 y 3.124.968)

¿Cuánto financia el FNA y qué tipo de viviendas cobija el programa Arriendo Social?

El Fondo Nacional del Ahorro financiará a sus afiliados hasta el 90% del valor en viviendas nuevas de Interés Prioritario ($54.686.940) y de Interés Social ($105.467.671) con una opción de compra del 0% al finalizar el tiempo de arriendo.

¿En qué municipios aplica el programa Arriendo Social?

El programa aplica para todos los municipios y departamentos del país incluidos Bogotá y Cundinamarca.

¿Dónde están los proyectos del programa Arriendo Social?

Usted podrá adquirir cualquier vivienda nueva en el territorio nacional

¿Cuánto debo pagar al adquirir mi contrato de Arriendo Social?

El afiliado deberá cancelar un valor inicial de 10% al principio de su contrato de Arriendo Social.

¿Qué significa opción de compra 0%?

Significa que al finalizar su contrato el afiliado no tendrá que pagar valores adicionales. Hay costos jurídicos que se deberán asumir por parte del afiliado.

¿Debo pertenecer a un estrato específico para aplicar al programa?

No. La condición primordial es cumplir con el rango de ingresos (ganar entre 1 y 4 salarios mínimos) y adquirir vivienda nueva tipo VIS o VIP.

¿Qué sistema de amortización maneja el programa Arriendo Social?

El sistema que manejará el programa Arriendo Social será únicamente el de amortización decreciente en Unidad de Valor Real (UVR), con plazos que van desde los 5 y hasta los 30 años.

¿Qué debo hacer si yo, después de un tiempo, no quiero terminar mi Arriendo Social?

El contrato de Arriendo Social se puede ceder a otro afiliado del Fondo Nacional del Ahorro que cumpla con las condiciones financieras para un crédito. Quién tuvo el contrato, en primer momento, deberá hacer una transacción comercial con quien recibe el inmueble para recuperar lo que ya pagó.
  
¿El programa solo aplica para viviendas nuevas?

Sí, solo para vivienda nueva.

¿Qué tasas maneja el Fondo Nacional del Ahorro para el Arriendo Social?

Las tasas van desde UVR+4%, hasta UVR+10.50%.

¿Cuál es la diferencia con un crédito hipotecario tradicional?

A diferencia del crédito hipotecario tradicional, el Arriendo Social al operar como un leasing, la titularidad del inmueble solo quedará en cabeza del beneficiario una vez haya cumplido con el total de la obligación. En caso de que el beneficiario registre mora en su obligación mayor a 90 días, el FNA podrá solicitar la restitución inmediata del inmueble; sin embargo, el beneficiario cuenta con la alternativa de dar en cesión el contrato de Arriendo Social.

¿Si me afilio hoy a un AVC (Ahorro Voluntario Contractual) puedo ser beneficiario del programa Arriendo Social?

Según las condiciones del AVC, usted se puede afiliar desde hoy al Fondo Nacional del Ahorro y cumplir con los pagos mensuales por un año, para poder aplicar a un crédito.

¿Si hoy traslado mis cesantías al FNA puedo ser beneficiario del programa Arriendo Social?

Sí, siempre y cuando el saldo con el que se traslade sea al menos el 75% de una consignación anual de cesantías.

¿Si tengo un dinero ahorrado en el sistema financiero o en mi casa y lo consigno en el FNA puedo hacer parte del programa?

Depende de su tipo de afiliación, en todo caso deberá cumplir con las condiciones dispuestas para AVC y Cesantías.

¿Si estoy reportado en una central de riesgo me puedo postular al programa?

Primero usted deberá sanear su situación financiera con las centrales de riesgo o con la entidad financiera correspondiente.

LA MEJOR MANERA DE SALIR SIN PAGAR UN SOLO PESO - BORRAR REPORTE NEGATIVO 2020

SI ESTÁ REPORTADO EN DATACREDITO, CIFIN, PROCREDITO U OTRAS ENTIDADES,APRENDA LA MEJOR MANERA DE SALIR SIN PAGAR UN SOLO PESO  

Según el Doctor Juan Carlos Muñoz Montoya (Abogado) como lo escribe en su blog los reportes negativos pueden ser borrados y eliminados únicamente si su caso compagina con las siguientes condiciones enumeradas a continuación:

1. Si usted ya cancelo la deuda., durará el doble de tiempo de la demora si fue menor a (2) dos años, y (4) cuatro años si fue mayor la demora de (2) dos años.


2. Si no ha cancelado la deuda aún (o no la quiere pagar).  Si aún no ha pagado, el tiempo máximo de permanencia en la base de datos es de 14 años (10 años contados a partir que la obligación se hizo exigible y 4 años más por ser este el término de permanencia máximo en datacrédito cuando la obligación se extingue por pago o por cualquier otro medio).

3. Si no ha Cancelado la deuda, pero su acreedor lo demandó. En ese caso eliminar el reporte negativo puede ser más complicado, porque en este caso la obligación no ha prescrito. No obstante, si ya han pasado 14 años reportado en la base de datos, en teoría el reporte negativo debería ser eliminado.

4. Si nunca le notificaron previamente de que lo iban a reportar. El acreedor que va a reportar negativamente a una persona debe de informarle por escrito de que lo va a reportar, si no se pone al día, ANTES DE HACER EL REPORTE. Para ello, la entidad puede incluir en las facturas de cobro una anotación al respecto, o en su defecto, le puede enviar una carta informando esta situación.

5. Si la empresa que lo reportó ya no existe, la obligación por la cual lo reportaron no existió, o le está vulnerando a usted otros derechos fundamentales. Si la empresa que lo reportó ya no existe entonces el reporte permanece sólo 4 años, luego de lo cual debe ser eliminado. Y si la obligación nunca existió, o si le están vulnerando derechos fundamentales con ese reporte. 

Según cuenta el doctor MONTAYA que hay que tener en cuenta que no hay fórmulas mágicas para anular reportes negativos fuera de las aquí establecidas.

Si tienes dudas o preguntas sobre este tema, te recomiendo visitar la página del Doctor Juan Carlos Muñoz Montoya.  www.munozmontoya.com 

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